Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe
Ratificado por Acuerdo de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, Acta número 51, punto 1, del 2.11.2010.-
CONVENIO ENTRE EL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE Y EL MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
Entre la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, representada por su Presidente, Dr. RAFAEL FRANCISCO GUTIÉRREZ, con domicilio en San Jerónimo 1551 de Santa Fe; y el Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe, representado por el señor Ministro, Dr. ANTONIO JUAN BONFATTI, con domicilio en 3 de Febrero 2649 de la misma ciudad; acuerdan celebrar el presente Convenio de colaboración sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: El Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe se compromete a poner a disposición del Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe, una superficie de 207,19 m2 correspondiente al primer piso del edificio situado en la intersección de las calles Belgrano y Córdoba de la ciudad de Firmat, donde funcionan las dependencias judiciales de la sede del Distrito Judicial número 16 de Firmat.
SEGUNDA: El espacio físico del primer piso que se pone a disposición será destinado a la futura ubicación y funcionamiento de las dependencias que el Poder Ejecutivo Provincial crea oportuno alojar. Asimismo, el Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe podrá hacer uso del espacio físico del segundo piso -Salón de actos- para la realización de actividades programadas, previa comunicación al Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe.
TERCERA: El Poder Ejecutivo se compromete a financiar las erogaciones que demanden la elaboración del proyecto y la ejecución de las obras. En este sentido, el Poder Ejecutivo se compromete a elaborar y ejecutar el citado proyecto respetando los lineamientos del proyecto ejecutivo global previamente realizado por el Poder Judicial para el sector objeto del presente convenio, de manera de garantizar el adecuado funcionamiento de los servicios de climatización, gas, instalaciones eléctricas y sanitarias en general de todo el edificio.
CUARTA: El Poder Ejecutivo Provincial se compromete a elaborar el proyecto descripto en el plazo de dos meses de la efectivización de la puesta a disposición del espacio físico objeto del presente convenio. Asimismo, se compromete a ejecutar dicho proyecto en el plazo de un año desde el llamado a licitación correspondiente. El Poder Ejecutivo realizará la inspección de obra para garantizar la correcta realización de las mismas. La Corte Suprema de Justicia, a través de su personal técnico, supervisará el avance de los trabajos.
QUINTA: El Poder Ejecutivo Provincial deberá comunicar a la Corte Suprema de Justicia, con una anticipación no menor a 90 (noventa) días, el inicio de las obras, a los fines de que el Poder Judicial adopte las medidas que estime convenientes para la libre disponibilidad y la entrega de la posesión de la fracción del edificio objeto del presente convenio.
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, recibiendo cada parte su ejemplar en este acto, en la ciudad de Santa Fe, a los dos días del mes de noviembre del año dos mil diez.
Firmado: Dr. ANTONIO JUAN BONFATTI - Dr. RAFAEL FRANCISCO GUTIÉRREZ.





