Situación referente al Distrito Judicial Nro. 11 - San Jorge-.
La Oficina de Prensa de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, en relación a la nota publicada en el Diario La Capital del día lunes 28 de noviembre, en su página 14, y en donde entre otras, se hiciera referencia a una “sobrecarga en los Tribunales del Distrito Judicial Nro. 11 -San Jorge-”, hace saber por disposición de la Presidencia, que la actuación desplegada por el Poder Judicial de Santa Fe, respecto a la situación de vacancias y reemplazos de Magistrados mereció una acordada del Máximo Tribunal, en la que se resalta que dicha circunstancia resulta ajena a los resortes institucionales del Poder Judicial, ya que la Constitución Provincial se la asigna a otro Poder del Estado.
En relación al tema, en el mes de septiembre de 2011, por Acta - Acuerdo Nro. 51, punto 18, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, resaltó: “Que tal estado de cosas referido -tal como en reiteradas ocasiones lo ha entendido este Cuerpo, expresándolo formal y públicamente- implica un obstáculo serio en la gestión del servicio de justicia, que, lejos de agotarse en una mera preocupación interna, incide sustancialmente en el derecho ciudadano de acceso a la jurisdicción. Que no hace falta señalar que la demora en cubrir la vacante de un cargo de magistrado puede convertirse en un problema de muy difícil resolución, cuyas consecuencias, en lo interno, perjudican al juzgado acéfalo y a los juzgados que deben hacerse cargo de dicha situación, a través de los mecanismos de suplencias legalmente previstos. Que, como se dijo, lo grave es que todo ello termina provocando efectos disvaliosos en el servicio de justicia que la ciudadanía legítimamente demanda”.
Que de igual modo, “no debe perderse de vista, que dicha situación se registra en un escenario caracterizado por el incremento incesante de los índices de litigiosidad -tanto desde el punto de vista cuantitativo como cualitativo-, el cual no se ha visto acompañado (salvo algunas excepciones) por el aumento de infraestructura y de personal suficiente para hacerle frente. Es cierto que la cobertura de esas vacantes con magistrados subrogantes ha implicado una solución novedosa a dicho problema. Pero también es preciso señalar -como ya lo ha hecho esta Corte en varias oportunidades- que se trata de un paliativo transitorio al problema mencionado, del que no conviene abusar con extensiones temporales desmedidas; al tiempo que coadyuva a debilitar la institucionalidad de uno de los poderes básicos del Estado. A criterio de este Cuerpo, el cuadro descripto revela una situación disvaliosa que se torna urgente revertir, agilizando no sólo los respectivos llamados a concursos, sino tramitándolos de manera ágil y continua, y resolviendo lo más expeditivamente posible las impugnaciones que se plantean en su ámbito”.
En la citada resolución, expresamente la Corte Suprema de Justicia se refirió a las vacancias que se produjeron en el Juzgado de Instrucción y Correccional de San Jorge, como así también, en la del Juzgado de Circuito del Trébol, exhortando a los órganos estatales competentes, dispongan -del modo más urgente-, la cobertura de los mismos, frente al agravamiento de la situación descripta y a la que hace referencia el citado artículo periodístico.
Es de destacar, que dicho decisorio fue remitido, no solo a los Colegios de Abogados y Procuradores de las cinco Circunscripciones Judiciales, sino también, al Sr. Gobernador de la Provincia; a las Cámaras de Diputados y Senadores; al Colegio de Magistrados y Funcionarios de la Provincia; y al Sindicato de Trabajadores Judiciales de Santa Fe.
Que en lo particular, y referido a la situación de los Juzgados mencionados en el artículo periodístico como acéfalos, cabe señalar lo siguiente: Que en fecha 29 de marzo de 2011, por Acta Acuerdo Nro.14, punto 4, la Corte Suprema de Justicia, se dirigió al Poder Ejecutivo Provincial, solicitando la urgente puesta en marcha de los mecanismos previstos en la Carta Magna Provincial, y el Consejo de la Magistratura, para la designación de un magistrado para el Juzgado de Circuito Nro. 18, con asiento en la ciudad de El Trébol, por jubilación ordinaria del Dr. Luis Miguel Contini. En igual sentido, pero en fecha 5 de abril de 2011, por Acta Acuerdo Nro.15, punto 5, solicitaba la cobertura de la vacante, en el Distrito Judicial Nro. 11, con asiento en la ciudad de San Jorge, a fin de resolver la vacante de modo definitivo que se produjese por juramento del Dr. Eladio García como Fiscal Regional, conforme Decreto del Poder Ejecutivo Nro.198 de fecha 21.2.2011.
Que en lo referente a la integración de las citadas vacantes por magistrados subrogantes, en reiteradas ocasiones, el Máximo Tribunal ha hecho saber de la necesidad de contar con listas de magistrados suplentes en todos los fueros para las cinco circunscripciones judiciales de la Provincia, conforme las disposiciones del artículo 217, inciso 1, apartados a y b de la Ley Nro. 10.160, con las modificaciones introducidas por la Ley Nro. 11.839, atento al agotamiento de las mismas, resaltando meses atrás, que dicho mecanismo es un novedoso paliativo transitorio, del que no conviene abusar con extensiones temporales desmedidas, al tiempo que coadyuva a debilitar la institucionalidad de uno de los poderes del Estado.
Por otro lado, en relación a la cobertura de la vacante producida en la Secretaría del Juzgado de Primera Instancia de Distrito, en lo Civil, Comercial y Laboral de San Jorge, en fecha 8 de noviembre de 2011, por traslado de su titular; la Corte Suprema de Justicia, mediante el mecanismo Reglamentario previsto al efecto, procedió a su cobertura en fecha 24 de noviembre de 2011, con un Secretario subrogante, llamándose a concurso abierto, de antecedentes y en su caso de oposición -el referido cargo vacante-, con periodo de inscripción comprendido entre el 12 y el 23 de diciembre de 2011.
Santa Fe, 2 de diciembre de 2011.





